El gestor de cumplimiento en el órgano de dirección: quién, qué y cómo acreditarlo
El artículo 11 del AMLR exige un gestor de cumplimiento en el órgano de dirección junto al responsable de cumplimiento. En qué consiste la función, en qué se diferencia del responsable de cumplimiento y qué pedirán ver los supervisores.
21 de septiembre de 2026. Correction: the AMLA guidelines on internal policies, procedures and controls are planned for consultation in the first quarter of 2027; the EBA guidelines on the AML/CFT compliance officer apply until then. Statuses and dates in this article were aligned with AMLA's publications (regulatory instruments overview of 4 September 2026, Single Programming Document 2026-2028). AMLA has published no final guideline yet; where an EBA guideline exists on a topic it continues to apply until AMLA replaces it.
La mayoría de los sujetos obligados cuentan con un responsable de cumplimiento. Menos son los que tienen un miembro del órgano de dirección personalmente responsable del cumplimiento en materia de PBC. El artículo 11 del AMLR exige ambas figuras. El gestor de cumplimiento es el miembro del órgano de dirección, en su función de gestión, responsable de la aplicación del reglamento; el responsable de cumplimiento es designado por el órgano de dirección y dirige el programa en el día a día.
El gestor de cumplimiento
La función es una responsabilidad, no un cargo. Recae en un consejero ejecutivo o, en una estructura dual, en un miembro del consejo de administración. Esa persona se asegura de que las políticas, procedimientos y controles del artículo 9 estén implantados y sean eficaces, de que el responsable de cumplimiento disponga de los recursos y el acceso necesarios, y de que el órgano de dirección reciba la información para dirigir. Cuando la entidad forma parte de un grupo, el gestor de cumplimiento a nivel de grupo se encarga de la coordinación.
El responsable de cumplimiento
El responsable de cumplimiento es el jefe operativo: seguimiento, comunicación a la UIF, formación, relación con los supervisores. El AMLR exige que el responsable informe al órgano de dirección al menos una vez al año sobre el estado del cumplimiento y que pueda escalar directamente. Se espera independencia y una antigüedad suficiente; las Directrices sobre políticas, procedimientos y controles internos, que la AMLA prevé someter a consulta en el primer trimestre de 2027, añadirán el detalle sobre recursos y líneas de reporte; hasta entonces se aplican las directrices de la EBA sobre el responsable de cumplimiento en materia de PBC/FT.
Qué pedirán ver los supervisores
- El nombramiento: una decisión del órgano de dirección que designe al gestor de cumplimiento, y la evaluación de idoneidad cuando el supervisor la exija.
- El reporte: actas que muestren que el informe anual de cumplimiento se presentó y se debatió, y qué decidió el órgano de dirección.
- El mandato del responsable de cumplimiento: por escrito, con derechos de acceso y vías de escalado.
- Los recursos: cómo se gestionó la solicitud de personal y herramientas del responsable.
Errores frecuentes
Nombrar gestor de cumplimiento al consejero delegado por defecto sin dotar de contenido a la función; combinar el puesto de responsable de cumplimiento con una función de primera línea que genere un conflicto; o tratar el informe anual como una formalidad sin decisiones.
Qué hacer ahora
- Decidir quién es el gestor de cumplimiento y dejarlo documentado antes de que el programa de implantación vuelva a informar al órgano de dirección.
- Dotar al responsable de cumplimiento de un mandato escrito alineado con las directrices de la EBA sobre el responsable de cumplimiento, que se aplican hasta que las de la AMLA las sustituyan.
- Incluir el informe anual de PBC en el calendario del órgano de dirección con un orden del día fijo: evaluación de riesgos, eficacia de los controles, hallazgos, recursos.
El panel hace seguimiento de las Directrices sobre controles internos en la sección Gobernanza; el rastreador de preparación tiene un bloque dedicado a la función de cumplimiento.